ESPAÑA. Tras la votación de hoy el Parlamento de Cataluña en la que ha ganado la prohibición por 68 votos a favor, 55 en contra y 9 abstenciones comienza un largo camino jurídico que puede llegar hasta el Tribunal Constitucional, último órgano judicial español que podría tumbar, al igual que ha hecho con aspectos claves del Estatut, la decisión del Parlamento.
Para ello, el ordenamiento jurídico y político español tiene varios mecanismos. Uno de ellos es la aprobación en el Congreso de una Ley estatal que recoja la protección de la Fiesta de los toros, amparándose en el artículo 149 de la Constitución Española, que establece que es el Estado quien tiene competencia exclusiva sobre "la Defensa del patrimonio cultural, artístico y Monumental Español".
Los toros no estarían más en Catalunya a partir del 2012, pero esta decisión política puede revertirse.
Para ello, el Parlamento puede modificar la Ley 10/1991, de 4 de abril (sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos) e invocar la Ley Orgánica de Transferencia de Competencias a las Comunidades Autónomas de 1992, que en su artículo 8.2 dice: "queda reservada al Estado la facultad de dictar normas que regulen los espectáculos taurinos".